En qué consiste y cuándo realizarlo?
Toda persona natural o jurídica que se dedique habitualmente a la venta de bienes o prestación de servicios, sean estos profesionales o no, deberán solicitar la matrícula anualmente en el municipio para cada una de las actividades económicas diferenciadas que en el mismo desarrolle, conforme lo establece el Art. 3 del PAM.
Dónde se puede realizar este trámite?
Este servicio se puede realizar en la oficina de Administración Tributaria de la alcaldía Municipal.
Los horarios de atención son de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm.
¿Quién puede realizar este trámite?
Puede realizar este trámite cualquier persona natural o jurídica con cédula de identidad o poder notarial que respalde la manipulación de los documentos legales originales
Aspectos a tomar en cuenta
La matrícula deberá efectuarse en el mes de enero de cada año.
Para las actividades de bar, restaurantes, casinos, billares, servicio de diversión y esparcimiento, hostal, hospedaje, negocios que vendan licor, requieren resolución de la Policía Nacional.
(Las farmacias y laboratorios, deben presentar Constancia del Ministerio de Salud (MINSA).
Requisitos para este trámite
- Matrícula Cuota Fija.
- Copia de Cédula de Identidad.
- Copia de Ruc.
- Carta de solicitud.
- Inventario.
- Autorización de la Policía Nacional (en caso de ser Bar, Restaurante, Gallera, Billar, Hostal, Hospedaje).
- Escritura de la propiedad.
- Solvencia de la propiedad
- Matrícula por declaración.
- Copia de Ruc.
- Copia de Cédula de identidad.
- Copia de Escritura de Constitución de la sociedad.
- Detalle de Inversión inicial
- Inventario.
- Copia de Poder de Representación en caso que no sea socio.
- Copia de Cédula del Apoderado.
¿Cuánto hay que pagar?
Para las matricula cuota fija está en dependencia del tipo de actividad económica que realice, la clasificación de la misma se efectúa en base a una tabla determinada en la ordenanza municipal.
Para la matricula por declaración, cuando se trate de apertura de nueva actividad, negocio o establecimiento, el monto de la matrícula será del uno por ciento (1%) del capital invertido y no gravado por otro impuesto municipal.
En el caso de que sea renovación el valor de la matrícula se calculará aplicando el tipo del dos por ciento (2%) sobre el promedio mensual de los ingresos brutos obtenidos por la venta de bienes o prestaciones de servicios de los tres últimos meses del año anterior o de los meses transcurridos desde la fecha de apertura si no llegaran a tres.
¿Dudas?
Para mayor Información, favor contactarse con el área de administración tributaria.
Oficinas:
Oficina de Administración Tributaria, Alcaldía Municipal de Tola.
Teléfonos: 2563-6518 Ext. 104.