Arrendamiento de Tierras y Terrenos

Toda persona que pretenda ocupar terrenos ejidales deberá suscribir contrato de arrendamiento con la Alcaldía, abonando el canon que ésta determine en base a la extensión.

Este servicio se puede realizar en la oficina de Administración Tributaria de la alcaldía Municipal.

Los horarios de atención son de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm.

Puede realizar este trámite el arrendatario o el representante legal  con cédula de identidad o poder notarial que respalde la manipulación de los documentos legales originales.

El plazo del arrendamiento de terrenos ejidales, como el de cualquiera otro terreno perteneciente a los municipios, no podrá ser superior a un año.

El subarriendo de terrenos ejidales o municipales es prohibido por lo que el arrendatario que incumpla esta prohibición será multado con el doble del valor que haya percibido por el subarriendo, quedando rescindido el contrato de arrendamiento.

  • Cedula de identidad.
  • Copia de contrato anterior.

BARRIO/COMARCA/SECTOR

CANON ARRENDAMIENTO x M²

Fecha de corte

Contribuyentes no residentes en el Municipio

$ 0.50 (equivalente en Córdobas tipo de cambio oficial)

30 de enero

Contribuyentes residentes del Municipio

$ 0.37 (equivalente en córdobas tipo de cambio oficial)

30 de enero

Arriendo anual quioscos del parque.

U$100.00

Asume pago de Serv. Básicos

30 de enero

Para mayor Información, favor contactarse con el área de administración tributaria.

Oficinas:

Oficina de Administración Tributaria, Alcaldía Municipal de Tola.

Teléfonos:  2563-6518 Ext. 104.

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